CC

Artículo 822. Concurrencia del conyuge con descendientes

El conyuge hereda una parte igual a la de un hijo si hay descendientes. Este articulo regula la participacion del conyuge en la herencia.

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Texto Legal

Concurrencia del cónyuge con descendientes El cónyuge que concurre con hijos o con otros descendientes del causante, hereda una parte igual a la de un hijo. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El derecho del conyuge a heredar en igualdad de condiciones con los hijos es fundamental para la seguridad financiera del conyuge sobreviviente. Ignorar esto puede dejar a un conyuge en una situacion precaria.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 822 del CC?

El conyuge hereda una parte igual a la de un hijo si hay descendientes. Este articulo regula la participacion del conyuge en la herencia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 822 de la CC?

El derecho del conyuge a heredar en igualdad de condiciones con los hijos es fundamental para la seguridad financiera del conyuge sobreviviente. Ignorar esto puede dejar a un conyuge en una situacion precaria.

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