CC

Artículo 831. Nocion de colacion

Define que las donaciones a herederos forzosos se consideran anticipos de herencia, salvo que el causante disponga lo contrario. Esto afecta la forma en que se distribuyen los bienes en la sucesión.

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Texto Legal

Noción de colación Las donaciones u otras liberalidades que, por cualquier título, hayan recibido del causante sus herederos forzosos, se considerarán como anticipo de herencia para el efecto de colacionarse, salvo dispensa de aquel. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las donaciones previas pueden reducir la herencia final, lo que es crucial para planificar adecuadamente la sucesión y evitar sorpresas para los herederos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 831 del CC?

Define que las donaciones a herederos forzosos se consideran anticipos de herencia, salvo que el causante disponga lo contrario. Esto afecta la forma en que se distribuyen los bienes en la sucesión.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 831 de la CC?

Las donaciones previas pueden reducir la herencia final, lo que es crucial para planificar adecuadamente la sucesión y evitar sorpresas para los herederos.

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