CC

Artículo 835. Colacion de dinero y titulos

Las liberalidades en dinero o títulos valores requieren un reajuste equitativo al momento de la sucesión. Esto ayuda a mantener la equidad entre herederos.

colaciondinerotitulos

Texto Legal

Colación de dinero, créditos o títulos valores Si la liberalidad consistió en dinero, créditos, o títulos valores, se hará un equitativo reajuste, según las circunstancias del caso, para determinar el valor colacionable al tiempo de la apertura de la sucesión. En caso de discrepancia entre los herederos, el valor será determinado, en la vía incidental, por el juez a quien corresponde conocer de la sucesión. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental llevar un registro claro de las liberalidades en dinero para evitar disputas sobre el valor colacionable y asegurar una distribución justa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 835 del CC?

Las liberalidades en dinero o títulos valores requieren un reajuste equitativo al momento de la sucesión. Esto ayuda a mantener la equidad entre herederos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 835 de la CC?

Es fundamental llevar un registro claro de las liberalidades en dinero para evitar disputas sobre el valor colacionable y asegurar una distribución justa.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 835 del CC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 835 CC desde tu celular