Cualquier heredero o acreedor puede solicitar la partición judicial si no hay régimen de indivisión, lo que asegura que los derechos sean respetados.
Titulares de la acción de partición Si no existe régimen de indivisión, la partición judicial de la herencia puede ser solicitada: 1. Por cualquier heredero. 2. Por cualquier acreedor de la sucesión o de cualquiera de los herederos. Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo permite que los acreedores protejan sus intereses, pero también puede llevar a conflictos si no se manejan adecuadamente las solicitudes de partición.
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