Este articulo detalla las cargas que deben ser cubiertas por la masa hereditaria, incluyendo gastos funerarios y de administración. Asegura que los gastos sean atendidos antes de la distribución.
Cargas de la masa hereditaria Son de cargo de la masa hereditaria: 1. Los gastos del funeral y, en su caso, los de incineración, que se pagan preferentemente. 2. Los gastos provenientes de la última enfermedad del causante. 3. Los gastos de administración. Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los herederos deben estar preparados para cubrir estas cargas antes de recibir su parte de la herencia, lo que puede afectar su liquidez y planificación financiera.
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Art. 868. Improcedencia de saneamiento por insolvencia
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