El poseedor de buena fe tiene derecho a los frutos generados por el bien. Este artículo refuerza la protección del poseedor legítimo en cuanto a los beneficios obtenidos.
Posesión de buena fe y los frutos El poseedor de buena fe hace suyos los frutos. Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si eres poseedor de buena fe, puedes beneficiarte de los frutos del bien, lo que puede ser una fuente de ingresos. Sin embargo, asegúrate de que tu posesión sea realmente legítima para evitar reclamaciones futuras.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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