CC

Artículo 953. Interrupcion de prescripcion

El termino de la prescripcion se interrumpe si el poseedor pierde la posesion, pero puede reanudarse si la recupera antes de un año. Esto afecta la seguridad jurídica de la propiedad.

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Texto Legal

Interrupción de término prescriptorio Se interrumpe el término de la prescripción si el poseedor pierde la posesión o es privado de ella, pero cesa ese efecto si la recupera antes de un año o si por sentencia se le restituye. Ver jurisprudencia aquí . Capítulo tercero: Propiedad predial Subcapítulo I: Disposiciones generales

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante monitorear la posesion de los bienes, ya que cualquier interrupcion puede afectar el tiempo requerido para adquirir la propiedad por prescripcion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 953 del CC?

El termino de la prescripcion se interrumpe si el poseedor pierde la posesion, pero puede reanudarse si la recupera antes de un año. Esto afecta la seguridad jurídica de la propiedad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 953 de la CC?

Es importante monitorear la posesion de los bienes, ya que cualquier interrupcion puede afectar el tiempo requerido para adquirir la propiedad por prescripcion.

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