La servidumbre es un gravamen real impuesto sobre un inmueble en beneficio de otro perteneciente a distinto dueno. El inmueble que soporta el gravamen se llama predio sirviente.
Articulo 1049. La servidumbre es un gravamen real impuesto sobre un inmueble en beneficio de otro perteneciente a distinto dueno. El inmueble que soporta el gravamen se llama predio sirviente.
Las servidumbres son limitaciones al derecho de propiedad que permiten el uso parcial de un inmueble ajeno en beneficio de otro inmueble. Son derechos reales que se transmiten junto con el inmueble.
En el ambito empresarial, las servidumbres son relevantes para la operacion de negocios que requieren acceso a vias de comunicacion, servicios publicos, paso de ductos o cableado, y otras necesidades operativas que implican el uso de predios ajenos.
La constitucion de servidumbres debe inscribirse en el Registro Publico de la Propiedad para que surta efectos frente a terceros, y puede afectar el valor comercial de los inmuebles involucrados.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Para SDV Asesores, las servidumbres como gravamen real sobre inmuebles pueden afectar significativamente el valor y la operacion de activos inmobiliarios empresariales. Antes de adquirir un inmueble para uso comercial, es esencial verificar la existencia de servidumbres registradas que puedan limitar su aprovechamiento. La constitucion de servidumbres de paso o de servicios es comun en desarrollos inmobiliarios y parques industriales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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