El error de derecho o de hecho invalida el contrato cuando recae sobre el motivo determinante de la voluntad de cualquiera de los que contratan.
Articulo 1814. El error de derecho o de hecho invalida el contrato cuando recae sobre el motivo determinante de la voluntad de cualquiera de los que contratan.
Esta disposicion forma parte del regimen general de los contratos establecido en el Libro Cuarto del Codigo Civil Federal, que regula las obligaciones y los acuerdos de voluntades entre particulares.
Las reglas generales sobre contratos del CCF son aplicables supletoriamente a los contratos mercantiles conforme al articulo 2 del Codigo de Comercio, lo que las hace relevantes para toda la actividad empresarial.
Para SDV Asesores, el conocimiento profundo del regimen contractual civil es esencial para la correcta estructuracion de operaciones comerciales, la redaccion de contratos y la resolucion de controversias contractuales que puedan tener implicaciones fiscales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores senala que el error de calculo solo da lugar a su rectificacion, no a la nulidad del contrato. En la contratacion empresarial, los errores aritmeticos en precios, cantidades o plazos pueden corregirse sin invalidar todo el acuerdo. Esta regla protege la seguridad de las transacciones comerciales al permitir subsanar errores menores sin destruir el vinculo contractual.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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