CCF

Artículo 1847. Interpretacion por contexto

Las clausulas de los contratos deben interpretarse las unas por las otras, atribuyendo a las dudosas el sentido que resulte del conjunto de todas.

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Texto Legal

Articulo 1847. Las clausulas de los contratos deben interpretarse las unas por las otras, atribuyendo a las dudosas el sentido que resulte del conjunto de todas.

Esta disposicion forma parte del regimen general de los contratos establecido en el Libro Cuarto del Codigo Civil Federal, que regula las obligaciones y los acuerdos de voluntades entre particulares.

Las reglas generales sobre contratos del CCF son aplicables supletoriamente a los contratos mercantiles conforme al articulo 2 del Codigo de Comercio, lo que las hace relevantes para toda la actividad empresarial.

Para SDV Asesores, el conocimiento profundo del regimen contractual civil es esencial para la correcta estructuracion de operaciones comerciales, la redaccion de contratos y la resolucion de controversias contractuales que puedan tener implicaciones fiscales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores senala que la remision de deuda (perdon) es una forma de extincion de obligaciones que requiere el consentimiento del deudor para ser efectiva. En la practica empresarial, la condonacion de creditos tiene implicaciones fiscales, pues puede generar un ingreso acumulable para el deudor conforme a la LISR. Las empresas que condonen deudas deben considerar las consecuencias fiscales tanto para el acreedor como para el deudor.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1847 del CCF?

Las clausulas de los contratos deben interpretarse las unas por las otras, atribuyendo a las dudosas el sentido que resulte del conjunto de todas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1847 de la Codigo Civil?

SDV Asesores senala que la remision de deuda (perdon) es una forma de extincion de obligaciones que requiere el consentimiento del deudor para ser efectiva. En la practica empresarial, la condonacion de creditos tiene implicaciones fiscales, pues puede generar un ingreso acumulable para el deudor conforme a la LISR. Las empresas que condonen deudas deben considerar las consecuencias fiscales tanto para el acreedor como para el deudor.

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