CCF

Artículo 1848. Interpretacion por la naturaleza del contrato

Las palabras que pueden tener distintas acepciones seran entendidas en aquella que sea mas conforme a la naturaleza y objeto del contrato.

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Texto Legal

Articulo 1848. Las palabras que pueden tener distintas acepciones seran entendidas en aquella que sea mas conforme a la naturaleza y objeto del contrato.

Esta disposicion forma parte del regimen general de los contratos establecido en el Libro Cuarto del Codigo Civil Federal, que regula las obligaciones y los acuerdos de voluntades entre particulares.

Las reglas generales sobre contratos del CCF son aplicables supletoriamente a los contratos mercantiles conforme al articulo 2 del Codigo de Comercio, lo que las hace relevantes para toda la actividad empresarial.

Para SDV Asesores, el conocimiento profundo del regimen contractual civil es esencial para la correcta estructuracion de operaciones comerciales, la redaccion de contratos y la resolucion de controversias contractuales que puedan tener implicaciones fiscales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Para SDV Asesores, la novacion como sustitucion de una obligacion por otra permite reestructurar relaciones contractuales empresariales sin necesidad de celebrar un nuevo contrato completo. La novacion puede modificar al deudor, al acreedor o el objeto de la obligacion, siempre que haya animo de novar. En la reestructura de creditos empresariales, la novacion es una herramienta comun para modificar plazos, tasas y condiciones de pago.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1848 del CCF?

Las palabras que pueden tener distintas acepciones seran entendidas en aquella que sea mas conforme a la naturaleza y objeto del contrato.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1848 de la Codigo Civil?

Para SDV Asesores, la novacion como sustitucion de una obligacion por otra permite reestructurar relaciones contractuales empresariales sin necesidad de celebrar un nuevo contrato completo. La novacion puede modificar al deudor, al acreedor o el objeto de la obligacion, siempre que haya animo de novar. En la reestructura de creditos empresariales, la novacion es una herramienta comun para modificar plazos, tasas y condiciones de pago.

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