CCom

Artículo 1080. Responsabilidad del asegurador

Texto Legal

La responsabilidad del asegurador comienza, desde el momento en que las mercaderías u objetos asegurados quedan en poder del transportador o de sus dependientes, y concluye con la entrega al destinatario, salvo pacto distinto. Por acuerdo de partes el seguro de transporte puede comprender también la permanencia de las mercaderías u objetos en los lugares intermedios y de recepción y entrega.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1080 del CCom?

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