CCom

Artículo 1150. Hechos criminales

Texto Legal

El asegurador se exime de su obligación si la persona asegurada provoca el accidente dolosamente o si se accidentara o perdiera la vida como actor de hechos criminales. Sección IVSeguro de vida en grupo

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1150 del CCom?

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