CCom

Artículo 1153. Beneficiarios

Texto Legal

Los beneficiarios designados o los causahabientes del asegurado en grupo tienen derecho propio contra el asegurador al ocurrir el evento previsto en el contrato. Título IVDel seguro marítimo Capítulo ÚnicoContrato de seguro Sección IConcepto y objeto

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1153 del CCom?

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