CCom

Artículo 1245. Deberes y facultades del mandatario

Texto Legal

El mandatario debe proveer a la custodia y seguridad de los bienes recibidos por cuenta del mandante y velar por el cumplimiento del contrato con relación al transportador, asegurador y terceros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1245 del CCom?

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