CCom

Artículo 1365. Intereses

Texto Legal

Los depósitos de ahorros devengan intereses capitalizables cada treinta de junio y treinta y uno de diciembre de cada año, salvo que se autorice un plazo menor para la capitalización de intereses. Las tasas serán establecidas por la autoridad administrativa competente teniendo como base los mínimos y máximos señalados en la disposición legal correspondiente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1365 del CCom?

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