Durante el plazo de duración previsto en el contrato, el titulo caducado por falta de pago de cuotas, no habiendo mediado rescate o transformación del mismo, podrá ser rehabilitado con el pago de las cuotas vencidas, incluyendo los intereses correspondientes o con otros medios señalados en el contrato.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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