Los aportes en especie se valuarán en la forma prevista en el contrato con indicación de los antecedentes justificativos de la valuación. Cuando en la valuación intervengan los socios o sus representantes, estos responderán solidariamente de la correcta valuación. A falta de estipulación expresa al respecto se procederá mediante los precios de plaza o por uno o más peritos designados judicialmente.
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