CCom

Artículo 1587. Arraigo

Texto Legal

La declaratoria de quiebra produce los efectos civiles y penales de arraigo para el quebrado, quien no podrá abandonar el lugar del juicio sin autorización del juez, si no se adopta otra medida precautoria.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1587 del CCom?

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