La declaración de quiebra de cualquiera de los asociados producirá la disolución de la asociación accidental o de cuentas en participación. Los demás asociados no tendrán derecho sobre los bienes comprometidos por la quiebra sino después que los acreedores y los gastos hayan sido pagados íntegramente.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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