CCom

Artículo 208. Voto de los socios

Texto Legal

Todo socio tendrá derecho a participar en las decisiones de la sociedad y gozará de un voto por cada cuota de capital, salvo las limitaciones estipuladas en el contrato social.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 208 del CCom?

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