CCom

Artículo 213. Copropiedad

Texto Legal

Cuando exista copropiedad de una cuota social se aplicarán las disposiciones del condominio. La sociedad puede exigir la unificación de la representación para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones sociales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 213 del CCom?

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