CCom

Artículo 214. Cesion de cuotas entre socios

Texto Legal

La cesión de cuotas es libre entre socios. salvo las limitaciones establecidas en el contrato social. La cesión de cuentas, aún entre socios, implica la reforma de la escritura de constitución.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 214 del CCom?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 214 del CCom?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 214 CCom desde tu celular