CCom

Artículo 231. Votacion

Texto Legal

A los efectos del artículo anterior, cada suscriptor tiene derecho a tantos votos como acciones haya suscrito y pagado el anticipo que le corresponde. Las decisiones se adoptarán por la mayoría de los suscriptores presentes que representen no menos de la tercera parte del capital suscrito con derecho a voto, sin lugar a estipulación distinta. Los promotores pueden ser suscriptores, pero no pueden votar sobre el punto 3) del artículo anterior.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 231 del CCom?

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