CCom

Artículo 250. Libro de registro de acciones

Texto Legal

Las sociedades anónimas llevarán un registro de acciones con las formalidades de los libros de contabilidad, de libre consulta para los accionistas, que contendrá: Nombre, nacionalidad y domicilio del accionista;Número, series, clase y demás particularidades de las acciones;Nombre del suscriptor y estado del pago de las acciones;Si son al portador, los números y si son nominativas, el detalle de las transmisiones con indicación de las fechas y nombre de los adquirentes;Gravámenes que se hubieran constituido sobre las acciones;Conversión de los títulos con los datos que correspondan a los nuevos, yCualquier otra mención que derive de la situación jurídica de las acciones y de sus eventuales modificaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 250 del CCom?

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