CCom

Artículo 274. Acciones dadas en prenda, usufructo o embargadas

Texto Legal

En los casos de acciones constituidas en prenda, gravadas con usufructo, secuestradas o embargadas, el derecho de voto será ejercido por el propietario de las acciones. Para facilitar los derechos del propietario, el acreedor queda obligado a depositar las acciones u optar otro procedimiento que garantice los derechos de aquél.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 274 del CCom?

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