CCom

Artículo 314. Representacion de la sociedad

Texto Legal

El presidente del directorio inviste. la representación legal de la sociedad. Los estatutos pueden prever la representación conjunta con uno o más directores o gerentes. En ambos casos se aplicará el artículo 163.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 314 del CCom?

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