CCom

Artículo 648. Prohibicion de reducir el capital. excepciones

Texto Legal

La sociedad emisora no puede reducir su capital sino en proporción al reembolso que haga de los títulos en circulación. Tampoco puede cambiar su objeto, su domicilio o su denominación sin el consentimiento de la asamblea general de tenedores de bonos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 648 del CCom?

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