CCom

Artículo 698. Anotacion en el bono de los datos relativos al credito

Texto Legal

Al realizarse la primera negociación, se anotarán en el bono los datos relativos al crédito, y se inscribirá en el certificado la constancia de la negociación del bono.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 698 del CCom?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 698 del CCom?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 698 CCom desde tu celular