CCom

Artículo 860. Obligaciones del comprador 'cif'

Texto Legal

El comprador, sobre la base "CIF", está obligado a pagar en la forma convenida; el precio de la operación contra entrega de los documentos respectivos y, además, a aceptar los documentos que se le presente, a hacerse cargo de las mercaderías a su llegada a manejar y pagar todos los movimientos subsiguientes de la misma, y a pagar todos los costos de desembarque, incluyendo derechos, impuestos y otros gastos en el punto de destino señalado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 860 del CCom?

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