CCom

Artículo 942. Contenido del boleto o pasaje y transferencia

Texto Legal

Los boletos o pasajes expedidos, deben contener las especificaciones exigidas por los reglamentos oficiales y sólo podrán transferirse a terceros, con forme a tales reglamentos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 942 del CCom?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 942 del CCom?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 942 CCom desde tu celular