Las presunciones legales o humanas admiten prueba en contrario, excepto cuando la ley expresamente lo prohiba. Esta regla fundamental permite a las partes desvirtuarlas mediante evidencia contradictoria.
Las presunciones, sean legales o humanas, admiten prueba en contrario, salvo cuando, para las primeras, exista prohibición expresa de la ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo clave para entender el sistema probatorio mexicano: las presunciones no son definitivas salvo excepciones legales expresas. Importante para litigantes que necesitan atacar presunciones adversas mediante prueba directa o circunstancial.
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