Quien niegue una presuncion debe rendir contraprueba específicamente dirigida a los supuestos de esa presuncion. No basta con negar genéricamente; debe atacar los elementos constitutivos.
La parte que niegue una presunción debe rendir la contraprueba de los supuestos de aquélla.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Regla técnica importante: la defensa contra presunciones requiere prueba quirurgica sobre los supuestos, no sobre el efecto. Util para contadores que enfrentan presunciones fiscales de ilicitud.
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