CFPC

Artículo 269. Resoluciones del Pleno sin recurso

Establece que las resoluciones del Pleno de la Suprema Corte de Justicia en juicios de unica instancia no admiten recurso alguno. Esta disposicion cierra definitivamente la posibilidad de impugnacion en tales casos.

suprema corterecursosunica instanciaprocedimiento

Texto Legal

En los juicios de que conozca la Suprema Corte de Justicia en única instancia, ninguna resolución del Pleno admitirá recurso.

TITULO SEPTIMO Actos Procesales en General

CAPITULO I Formalidades judiciales

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo fundamental para entender la finitud de los procedimientos ante SCJN. Util para asesorar clientes sobre agotamiento de recursos cuando SCJN resuelve en unica instancia; revisa si la cuestion es materia de unica o doble instancia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 269 del CFPC?

Establece que las resoluciones del Pleno de la Suprema Corte de Justicia en juicios de unica instancia no admiten recurso alguno. Esta disposicion cierra definitivamente la posibilidad de impugnacion en tales casos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 269 de la CÓDIGO de Procedimientos Civiles?

Articulo fundamental para entender la finitud de los procedimientos ante SCJN. Util para asesorar clientes sobre agotamiento de recursos cuando SCJN resuelve en unica instancia; revisa si la cuestion es materia de unica o doble instancia.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 269 del CFPC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 269 CFPC desde tu celular