CFPC

Artículo 295. Uso individual del termino extraordinario

Solo la parte beneficiada con el termino extraordinario lo disfruta y unicamente para los fines indicados en el auto. El termino concluye una vez cumplidos esos fines aunque no se agote el plazo.

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Texto Legal

Sólo disfrutará, del término extraordinario, la parte a quien se conceda, y únicamente para los fines indicados en el auto respectivo, cumplidos los cuales concluirá, aunque no haya fenecido el plazo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El termino extraordinario es personalizado y no beneficia a la contraparte. Si se obtiene para desahogar prueba de fuera, no puede usarse para otros fines. Cumplido el proposito (envio de prueba), el termino fenece automaticamente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 295 del CFPC?

Solo la parte beneficiada con el termino extraordinario lo disfruta y unicamente para los fines indicados en el auto. El termino concluye una vez cumplidos esos fines aunque no se agote el plazo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 295 de la CÓDIGO de Procedimientos Civiles?

El termino extraordinario es personalizado y no beneficia a la contraparte. Si se obtiene para desahogar prueba de fuera, no puede usarse para otros fines. Cumplido el proposito (envio de prueba), el termino fenece automaticamente.

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