Resoluciones incidentales solo producen efectos en juicio donde fueron dictadas, salvo cuando resolucion se refiere a varios juicios, caso en que surte efectos en todos.
Las resoluciones incidentales no surten efecto alguno más que en el juicio en que hayan sido dictadas, a no ser que la resolución se refiera a varios juicios, caso en el cual surtirá efectos en todos ellos.
TITULO TERCERO Suspensión, interrupción y caducidad del proceso
CAPITULO I Suspensión
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Relatividad del efecto incidental: normalmente limitado al juicio donde se dicta. Excepcion importante cuando resolucion incidental afecta multiples litigios. Considerar para coordinacion estrategica en litigios conexos.
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