CFPC

Artículo 418. Ejecucion con garantia de documento no ejecutivo

Permite ejecucion de documento privado no ejecutivo si se otorga garantia suficiente para responder por daños y perjuicios. La Federacion esta exceptuada de otorgar garantia.

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Texto Legal

Puede despacharse ejecución fundada en un documento privado no ejecutivo, mediante el otorgamiento de garantía suficiente para responder de los daños y perjuicios que con ella se causen. La Federación está exceptuada de otorgar esta garantía.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Alternativa para ejecutar documentos defectuosos si se puede otorgar caución. Requiere valuacion de riesgo: que cantidad de garantia es suficiente para responder por daños si el deudor gana. Inaplicable contra entidades federales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 418 del CFPC?

Permite ejecucion de documento privado no ejecutivo si se otorga garantia suficiente para responder por daños y perjuicios. La Federacion esta exceptuada de otorgar garantia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 418 de la CÓDIGO de Procedimientos Civiles?

Alternativa para ejecutar documentos defectuosos si se puede otorgar caución. Requiere valuacion de riesgo: que cantidad de garantia es suficiente para responder por daños si el deudor gana. Inaplicable contra entidades federales.

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