Dependencias federales y de entidades federativas estan sujetas a reglas especiales en materia de litigio internacional establecidas en este Libro.
En materia de litigio internacional, las dependencias de la Federación y de las Entidades Federativas estarán sujetas a las reglas especiales previstas en este Libro. Artículo adicionado DOF 12-01-1988
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Distincion procesal: cuando litica la Federacion o estados, aplican reglas especiales. Implica mayor rigor formal y participacion de coordinaciones juridicas. Comunicar siempre a areas de asuntos juridicos de gobierno.
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