El articulo 596 regula la apertura del juicio a prueba y los plazos para presentar pruebas. Este proceso es fundamental para el desarrollo del juicio.
En caso de que las partes no alcanzaren acuerdo alguno en la audiencia previa y de conciliación, el juez procederá a abrir el juicio a prueba por un período de sesenta días hábiles, comunes
CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Código Abrogado DOF 07-06-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
para las partes, para su ofrecimiento y preparación, pudiendo, a instancia de parte, otorgar una prórroga hasta por veinte días hábiles.
Una vez presentado el escrito de pruebas, el representante legal deberá ratificarlo bajo protesta ante el Juez.
El auto que admita las pruebas señalará la fecha para la celebración de la audiencia final del juicio en la cual se desahogarán, en un lapso que no exceda de cuarenta días hábiles, el que podrá ser prorrogado por el juez.
Una vez concluido el desahogo de pruebas, el juez dará vista a las partes para que en un periodo de diez días hábiles aleguen lo que a su derecho y representación convenga.
El juez dictará sentencia dentro de los treinta días hábiles posteriores a la celebración de la audiencia final. Artículo adicionado DOF 30-08-2011
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La correcta presentación de pruebas es crucial para el éxito del caso. Los abogados deben planificar con anticipación y cumplir con los plazos establecidos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo