CFF

Artículo 17-B. Asociación en participación

Establece que para efectos fiscales, la asociación en participación se equipara a persona moral, debiendo cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes a través del asociante, quien actúa como representante.

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Texto Legal

Artículo 17-B — Asociación en Participación

Para los efectos de las disposiciones fiscales, se asimila a persona moral la asociación en participación, cuando a través de ella se realicen actividades empresariales en México.

Responsable fiscal

El asociante representará a la asociación en participación y será el responsable de cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes. La asociación en participación deberá inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes.

Obligaciones fiscales

La asociación en participación deberá cumplir con las mismas obligaciones fiscales que una persona moral, incluyendo la presentación de declaraciones, la expedición de comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), la llevanza de contabilidad y el cumplimiento de las obligaciones de retención y entero de contribuciones.

Liquidación

Cuando la asociación en participación se liquide, el asociante deberá presentar la declaración del ejercicio de liquidación dentro del mes siguiente a la fecha en que termine la liquidación, así como las declaraciones informativas correspondientes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La asociacion en participacion se equipara a persona moral para efectos fiscales, lo que implica obligaciones de inscripcion al RFC, emision de CFDI y presentacion de declaraciones. El asociante debe asumir la responsabilidad fiscal integral de la asociacion. Es importante formalizar adecuadamente estos contratos y cumplir con todas las obligaciones fiscales desde el inicio de operaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 17-B del CFF?

Establece que para efectos fiscales, la asociación en participación se equipara a persona moral, debiendo cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes a través del asociante, quien actúa como representante.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 17-B de la Código Fiscal?

SDV Asesores: La asociacion en participacion se equipara a persona moral para efectos fiscales, lo que implica obligaciones de inscripcion al RFC, emision de CFDI y presentacion de declaraciones. El asociante debe asumir la responsabilidad fiscal integral de la asociacion. Es importante formalizar adecuadamente estos contratos y cumplir con todas las obligaciones fiscales desde el inicio de operaciones.

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