Regula la forma en que los contribuyentes proporcionan información a las autoridades fiscales, incluyendo las reglas para el uso de medios electrónicos y la validez de la información así transmitida.
La información que los contribuyentes proporcionen a las autoridades fiscales a través de medios electrónicos tendrá el mismo valor probatorio que la información presentada en documentos impresos.
Los documentos digitales que contengan información fiscal y que cuenten con firma electrónica avanzada (e.firma) del contribuyente producirán los mismos efectos que los documentos firmados autógrafamente y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio.
Las autoridades fiscales deberán garantizar la integridad, confidencialidad y disponibilidad de la información proporcionada por los contribuyentes mediante medios electrónicos. La información deberá conservarse en los términos y plazos que señalen las disposiciones fiscales.
El Servicio de Administración Tributaria establecerá mediante reglas de carácter general los requisitos tecnológicos, los medios electrónicos y los formatos que deberán utilizarse para proporcionar la información, así como los procedimientos de validación y autenticación correspondientes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Los documentos digitales con e.firma tienen el mismo valor legal que los firmados autografamente. Los contribuyentes deben implementar sistemas seguros de almacenamiento y respaldo de su informacion fiscal electronica, garantizando su integridad durante los plazos de conservacion. Esto es especialmente relevante ante requerimientos de informacion del SAT en auditorias.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo