CFF

Artículo 17-I. Revocación de certificados digitales

Establece las causales por las cuales el SAT podrá revocar o dejar sin efectos los certificados de firma electrónica avanzada y de sello digital, así como el procedimiento para solicitar un nuevo certificado.

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Texto Legal

Artículo 17-I — Revocación de Certificados

El Servicio de Administración Tributaria podrá dejar sin efectos los certificados de firma electrónica avanzada y los certificados de sello digital en los siguientes supuestos:

Causales de revocación

- Cuando se compruebe que al momento de la emisión del certificado el solicitante proporcionó datos falsos.
- Cuando el contribuyente no haya presentado la declaración anual estando obligado a ello, transcurridos 30 días después del vencimiento del plazo.
- Cuando durante el procedimiento administrativo de ejecución no se localice al contribuyente o este desaparezca.
- Cuando se detecte que los comprobantes fiscales emitidos se utilizaron para amparar operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas.

Procedimiento de restricción temporal

Antes de dejar sin efectos un certificado, el SAT podrá realizar una restricción temporal del uso del certificado de sello digital. El contribuyente podrá presentar la solicitud de aclaración correspondiente para subsanar las irregularidades detectadas.

Restablecimiento del certificado

Si el contribuyente aporta las pruebas que desvirtúen las causales, el SAT deberá restablecer el uso del certificado dentro de los tres días siguientes a la resolución favorable.

Nuevo certificado

Los contribuyentes cuyos certificados hayan sido dejados sin efectos podrán solicitar un nuevo certificado una vez que subsanen las irregularidades detectadas, siempre que acrediten ante el SAT el cumplimiento de los requisitos correspondientes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La restriccion o cancelacion de certificados de sello digital paraliza la operacion de facturacion de la empresa. Las causales mas comunes son la falta de declaracion anual, la deteccion de operaciones simuladas y la no localizacion del contribuyente. Es fundamental mantener al dia las declaraciones y verificar periodicamente el estatus de los certificados para prevenir interrupciones operativas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 17-I del CFF?

Establece las causales por las cuales el SAT podrá revocar o dejar sin efectos los certificados de firma electrónica avanzada y de sello digital, así como el procedimiento para solicitar un nuevo certificado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 17-I de la Código Fiscal?

SDV Asesores: La restriccion o cancelacion de certificados de sello digital paraliza la operacion de facturacion de la empresa. Las causales mas comunes son la falta de declaracion anual, la deteccion de operaciones simuladas y la no localizacion del contribuyente. Es fundamental mantener al dia las declaraciones y verificar periodicamente el estatus de los certificados para prevenir interrupciones operativas.

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