CFF

Artículo 17-J. Obligaciones de los titulares de certificados

Establece las obligaciones que tienen los titulares de certificados de e.firma y de sello digital, incluyendo el resguardo de la clave privada, la notificación de pérdida o robo, y la actualización de datos.

obligaciones-titularclave-privadacertificadosresguardoactualizacion-datos

Texto Legal

Artículo 17-J — Obligaciones de Titulares de Certificados

Los titulares de certificados de firma electrónica avanzada y de sello digital tendrán las siguientes obligaciones:

Resguardo de la clave privada

Actuar con diligencia y establecer los medios razonables para evitar la utilización no autorizada de los datos de creación de la firma. El titular deberá mantener bajo su exclusivo control la clave privada asociada a su certificado.

Notificación de pérdida o compromiso

Solicitar la revocación de su certificado al SAT cuando la clave privada asociada al certificado haya sido comprometida, extraviada o robada. Esta solicitud deberá realizarse de manera inmediata una vez que el titular tenga conocimiento de tales hechos.

Actualización de datos

Solicitar la modificación de los datos contenidos en el certificado cuando estos cambien, a efecto de que se emita un nuevo certificado que contenga la información actualizada. Los contribuyentes deberán mantener actualizados sus datos ante el RFC.

Uso adecuado del certificado

Utilizar el certificado únicamente para los fines autorizados conforme a las disposiciones fiscales. El uso indebido del certificado será responsabilidad del titular y podrá dar lugar a las sanciones correspondientes.

Verificación de vigencia

Verificar la vigencia del certificado antes de su utilización y, en su caso, solicitar oportunamente su renovación para evitar la interrupción de sus trámites fiscales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Los titulares de certificados digitales son responsables de mantener la confidencialidad de su clave privada y de solicitar la revocacion ante cualquier compromiso. Se recomienda implementar protocolos internos de seguridad para el manejo de la e.firma y los sellos digitales, especialmente cuando multiples personas tienen acceso a los archivos de firma de la empresa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 17-J del CFF?

Establece las obligaciones que tienen los titulares de certificados de e.firma y de sello digital, incluyendo el resguardo de la clave privada, la notificación de pérdida o robo, y la actualización de datos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 17-J de la Código Fiscal?

SDV Asesores: Los titulares de certificados digitales son responsables de mantener la confidencialidad de su clave privada y de solicitar la revocacion ante cualquier compromiso. Se recomienda implementar protocolos internos de seguridad para el manejo de la e.firma y los sellos digitales, especialmente cuando multiples personas tienen acceso a los archivos de firma de la empresa.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 17-J del CFF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 17-J CFF desde tu celular