Establece las obligaciones de las entidades y dependencias gubernamentales de proporcionar información al SAT sobre las operaciones, contratos y pagos que realicen, como herramienta para el control fiscal y la verificación de contribuyentes.
Las dependencias, entidades, organismos e instituciones del sector público de los tres órdenes de gobierno deberán proporcionar al SAT la información relativa a las operaciones, contratos, pagos y demás actos jurídicos que celebren o realicen, conforme a las reglas de carácter general que emita el SAT.
La información a proporcionar incluye:
- Contrataciones de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra pública.
- Pagos realizados a proveedores, contratistas y prestadores de servicios.
- Subsidios, estímulos y apoyos entregados a personas físicas y morales.
- Concesiones, permisos y licencias otorgados a particulares.
La información deberá proporcionarse de manera periódica, en los plazos y formatos electrónicos que establezca el SAT mediante reglas de carácter general.
La información recabada servirá como herramienta de fiscalización indirecta, permitiendo al SAT verificar que los proveedores y contratistas del gobierno cumplan con sus obligaciones fiscales y que los ingresos declarados sean congruentes con los pagos que les realiza el sector público.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Las dependencias gubernamentales reportan al SAT informacion sobre sus contrataciones, pagos a proveedores y subsidios otorgados. Esto permite al SAT cruzar informacion y detectar discrepancias entre lo que los contribuyentes declaran y lo que las entidades publicas reportan. Las empresas que contratan con el gobierno deben asegurar congruencia total entre sus declaraciones y los pagos recibidos.
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