CP

Artículo 145. Conduccion ilegal de personas

Este articulo establece penas de dos a seis años para quienes conduzcan a personas fuera del país con fines ilegales. Es fundamental para prevenir la trata de personas y el tráfico humano.

tratadelitosfronteras

Texto Legal

- Será reprimido con prisión de dos a seis años, el que condujere a una persona fuera de las fronteras de la República, con el propósito de someterla ilegalmente al poder de otro, o de alistarla en un ejército extranjero.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El incumplimiento de este articulo puede llevar a severas sanciones penales y a la exposición a redes criminales, además de implicaciones éticas y sociales significativas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 145 del CP?

Este articulo establece penas de dos a seis años para quienes conduzcan a personas fuera del país con fines ilegales. Es fundamental para prevenir la trata de personas y el tráfico humano.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 145 de la CP?

El incumplimiento de este articulo puede llevar a severas sanciones penales y a la exposición a redes criminales, además de implicaciones éticas y sociales significativas.

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