CP

Artículo 167. Robo agravado

El robo agravado puede resultar en reclusión de tres a diez años bajo ciertas circunstancias. Este artículo establece penas más severas para robos que involucran violencia o condiciones específicas.

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Texto Legal

- Se aplicará reclusión o prisión de tres a diez años: 1.º Si se cometiere el robo en despoblado y con armas; 2.º Si se cometiere en lugares poblados y en banda; 3.º Si se perpetrare el robo con perforación o fractura de pared, cerco, techo o piso, puerta o ventana de un lugar habitado o sus dependencias inmediatas; 4.º Si concurriere alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 163. CAPITULO III Extorsión

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las circunstancias agravantes en un robo pueden llevar a penas de reclusión, lo que representa un riesgo alto para la libertad del infractor.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 167 del CP?

El robo agravado puede resultar en reclusión de tres a diez años bajo ciertas circunstancias. Este artículo establece penas más severas para robos que involucran violencia o condiciones específicas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 167 de la CP?

Las circunstancias agravantes en un robo pueden llevar a penas de reclusión, lo que representa un riesgo alto para la libertad del infractor.

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