Se establece prisión para quienes violen medidas adoptadas para prevenir epidemias. Este articulo es fundamental para la salud pública y el control de brotes infecciosos.
- Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No cumplir con este articulo puede llevar a sanciones severas y a la responsabilidad por daños en caso de un brote, afectando la operativa de su negocio.
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