CP

Artículo 213. Apología del crimen

Se sanciona la apología de delitos o de condenados por delitos. Este articulo busca prevenir la glorificación de conductas delictivas en la sociedad.

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Texto Legal

- Será reprimido con prisión de un mes a un año, el que hiciere públicamente y por cualquier medio la apología de un delito o de un condenado por delito. TITULO IX Delitos contra la seguridad de la nación CAPITULO I Traición

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Realizar apología de delitos puede resultar en penas de prisión y afectar su reputación, especialmente si se involucra en discursos públicos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 213 del CP?

Se sanciona la apología de delitos o de condenados por delitos. Este articulo busca prevenir la glorificación de conductas delictivas en la sociedad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 213 de la CP?

Realizar apología de delitos puede resultar en penas de prisión y afectar su reputación, especialmente si se involucra en discursos públicos.

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