Se establece una pena de un mes a un año para quienes, por imprudencia, revelen secretos de estado. Este articulo enfatiza la responsabilidad en el manejo de informacion confidencial.
- Será reprimido con prisión de un mes a un año e inhabilitación especial por doble tiempo, el que por imprudencia o negligencia diere a conocer los secretos mencionados en el artículo precedente, de los que se hallare en posesión en virtud de su empleo u oficio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los clientes deben implementar medidas de seguridad para proteger la informacion confidencial y evitar sanciones por imprudencia en su manejo.
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