CP

Artículo 42. Tentativa de delito

El articulo establece que la tentativa de cometer un delito se sanciona con penas específicas, dependiendo de si se consumó o no. Esto refleja la gravedad de la intencion delictiva.

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Texto Legal

- El que con el fin de cometer un delito determinado comienza su ejecución, pero no lo consuma por circunstancias ajenas a su voluntad, sufrirá las penas determinadas en el artículo 44.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si intentas cometer un delito pero no lo logras, aun puedes enfrentar sanciones. Es importante entender que la intencion delictiva es suficiente para que se apliquen penas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 42 del CP?

El articulo establece que la tentativa de cometer un delito se sanciona con penas específicas, dependiendo de si se consumó o no. Esto refleja la gravedad de la intencion delictiva.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 42 de la CP?

Si intentas cometer un delito pero no lo logras, aun puedes enfrentar sanciones. Es importante entender que la intencion delictiva es suficiente para que se apliquen penas.

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